El Consejo de Ministros modifica la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, permitiendo la celebración de sesiones a distancia.
Madrid, 31, de marzo de 2020. Con la aprobación de la modificación de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, el Consejo de Ministros faculta a las entidades locales para la celebración de sesiones de sus órganos colegiados, pudiendo adoptar a distancia, acuerdos por medios electrónicos.
La modificación añade un nuevo apartado «3» al artículo 46 de la Ley con la siguiente redaccion:
«3. En todo caso, cuando concurran situaciones excepcionales de fuerza mayor, de grave riesgo colectivo, o catástrofes públicas que impidan o dificulten de manera desproporcionada el normal funcionamiento del régimen presencial de las sesiones de los órganos colegiados de las Entidades Locales, éstos podrán, apreciada la concurrencia de la situación descrita por el Alcalde o Presidente o quien válidamente les sustituya al efecto de la convocatoria de acuerdo con la normativa vigente, constituirse, celebrar sesiones y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos, siempre que sus miembros participantes se encuentren en territorio español y quede acreditada su identidad. Asimismo, se deberá asegurar la comunicación entre ellos en tiempo real durante la sesión, disponiéndose los medios necesarios para garantizar el carácter público o secreto de las mismas según proceda legalmente en cada caso”.
Asimismo se describen los medios considerados válidos, tales como audio o videoconferencias, y aquellos sistemas que garanticen la seguridad tecnológica y la validez y acuerdos que se tomen.
CONSULTE AQUÍ EL TEXTO DE LA NOTA DE PRENSA